La cláusula «no show», que en castellano sería algo así como, la cláusula de “no presentarse» o «no aparecer», es una condición que las compañías aéreas suelen incluir en la letra pequeña sus términos y condiciones, cuando compramos billete de avión. Esta cláusula establece que, la aerolínea puede proceder a la cancelación del vuelo de vuelta si no hemos cogido el vuelo de ida. Y a pesar de que es una práctica habitual de las aerolíneas, genera siempre una gran polémica. Especialmente en los casos de vuelos con conexiones, donde si perdemos nuestro primer vuelo, es posible que se nos niegue el acceso al segundo vuelo y se cancele nuestro billete de vuelta.
Desde Reclamaciones Aéreas Online, hemos detectado que esta es una incidencia que cada vez se da con mayor frecuencia. Por eso en este artículo te contamos todo lo que tienes que saber si te ves en esta situación y quieres reclamar la cancelación del vuelo por “No Show”.
¿La cláusula “No Show” es legal?
Hasta hora esta práctica estaba penada pero no estaba regulada, eso hacía que quedase a criterio de cada uno de los jueces que gestionaba este tipo de reclamaciones aéreas. Y a pesar de que la gran mayoría de magistrados, la declaraban abusiva y por tanto ilegal, no siempre daban la razón a los pasajeros.
¿Qué dicen las aerolíneas sobre las reclamaciones aéreas que reciben de las cláusulas «No Show»?
Las compañías aéreas, como es normal, intentan defender la validez de esta cláusula. Y para ello se basan la política de precios de la compañía, argumentan que es un elemento fundamental, ya que, si vendiesen por separado de cada uno de los billetes, les supondría un beneficio mayor que la venta conjunta de billetes. Como ocurren con los billetes de ida y vuelta o de los que incluyen varios vuelos de conexión.
Se escudan en que sus tarifas aéreas son dinámicas, y el importe de las mismas está sujeto a constantes variaciones, en función de la oferta y de la demanda de billetes. Por eso argumentan que la cancelación de vuelos de vuelta se hace para tratar de evitar el daño que le causa a la aerolínea la utilización indebida billetes de ida y vuelta, cuando sólo se quiere ocupar uno de los vuelos.
Además, argumentan que no es posible reclamar la cancelación del vuelo de vuelta por esta causa, porque se trata de una cláusula que los pasajeros aceptan de forma voluntaria en el momento de contratar el vuelo.
Pero.. ¿Qué dice la justicia sobre reclamar la cancelación de vuelos por las cláusulas «No Show»?
En el año 2018, Tribunal Supremo dictó una sentencia, que sentó jurisprudencia, en la que respaldada las decisiones que hasta ahora venían tomando los jueces, sobre las cancelaciones de los vuelos de vuelta por culpa de la cláusula “No Show”.
Por lo tanto, se determina que esta práctica es ilegal y se puede iniciar una reclamación aérea contra la aerolínea.
En esta sentencia se llegó a la conclusión que esta cláusula es abusiva por qué la decisión de ofrecer tarifas más baratas en la venta conjunta de billetes es decisión única y exclusiva de la aerolínea. Por eso sería injusto penalizar a los pasajeros aéreos, ya que independientemente de que hagan uso o no de los billetes de avión, los han pagado.
Sin embargo, ante la falta de información de los pasajeros sobre cuáles son sus derechos en este tipo de incidencias, y las pocas personas que finalmente se deciden a reclamar la cancelación de vuelo por la cláusula no show, las aerolíneas siguen utilizando esta práctica.
Reclamar cancelación por No Show
¿Qué aerolíneas suelen aplicar la cláusula no show?
En Reclamaciones aéreas Online, hemos detectado que entre las compañías aéreas que más aplican esta cláusula, que como ya hemos dicho, ha sido y es condenada por los jueces en España, se encuentran, entre otras, Tap Air Portugal, Air Europa o Iberia.
¿Qué tengo que hacer si sufrido un «No Show» en el avión?
Para poder reclamar, es de vital importancia que podamos demostrar que la cancelación del vuelo de vuelta fue por no tomar el vuelo de ida. En este aspecto, cuanta más documentación tengamos, más fácil será demostrarlo. Por eso siempre recomendamos seguir estos consejos:
- Guardar tanto las tarjetas de embarque como la reserva de ambos vuelos.
- En el caso de que la aerolínea comunique la cancelación del vuelo de vuelta, conservar esa comunicación.
- Si has tenido que hacer el viaje de ida por otros medios, tenemos que poder justificarlo con documentos.
¿Cómo me puede afectar la cancelación del vuelo de vuelta por “no show”?
Como acabemos de explicar, esta cláusula consiste en la cancelación de un trayecto del vuelo en supuesto de no haber embarcado en alguno de los trayectos comprados.
Esto puede provocar que los pasajeros aéreos se encuentren en alguno de estos dos escenarios:
- La cancelación del vuelo de vuelta si no volamos en el vuelo de ida.
- En el caso de vuelos con escala, la cancelación del resto de vuelos de conexión si no se vuela alguno de los tramos.
¿Cómo puedo reclamar la cancelación de tu vuelo por la cláusula «No Show»?
En Reclamaciones Aéreas Online te ayudamos a reclamar. Si te encuentras en una situación como esta, en la que la aerolínea aplica la cláusula «No Show» y cancela el vuelo de vuelta, es importante saber cuáles son tus derechos y cuál es la indemnización podemos reclamar.
En estos casos, las reclamaciones por las cláusulas no show, a pesar de ser cancelaciones de vuelos, se gestionan de la misma forma que una reclamación por denegación de embarque. Y se puede iniciar una reclamación por «No Show», en la que se pueden incluir los siguientes conceptos:
- Una indemnización entre, 250 € y 600 €. Las indemnizaciones se calculan en función de la distancia entre el aeropuerto de origen y el aeropuerto de destino.
- La aerolínea deberá reprogramar el vuelo de forma gratuita. Y si no lo hacen, también se puede reclamar el reembolso del billete, o el coste del nuevo vuelo (si has tenido que comprar un nuevo vuelo).
- Los gastos que te haya generado dicha cancelación. Por ejemplo, noches de hotel en el lugar de destino, tours, entradas para eventos deportivos o conciertos…